Jornada Laboral
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Jornada Laboral
- Según la legislacion laboral vigente la jornada ordinaria es de 8 horas diarias o 48 semanales.
- Todo tiempo adicional se considera horas extras y debe ser remunerado como tal.
- El tiempo dedicado al refrigerio no puede ser menor de 45 minutos y no forma parte de la jornada ni el horario de trabajo.
- El dia de descanso sera preferentemente el dia Domingo.
- Cumpliendo 1 año de labores tienes derecho a 30 dias de descanso vacacional remunerado.
- Los feriados no laborables dentro del año son: 1 de Enero, Jueves y Viernes Santo, 1 de Mayo, 29 de Junio, 28 y 29 de Julio, 30 de Agosto, 8 de Octubre, 1 de Noviembre, 8 de Diciembre y 25 de Diciembre.
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¿Se cumplen estas leyes en tu centro de trabajo?
LuzPerez- Admin
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